|
Materias
Contenido
- Permisos, certificados y notificaciones necesarios para comerciar hacia, desde y en el interior de la UE.
- Cuestiones sobre Bienestar, sanitarias y sobre especies invasoras, aplicables al comercio de animales y plantas silvestres
- Cría en cautividad y reproducción artificial: definiciones y regulaciones
- Marcado y etiquetado de especimenes silvestres regulados por la UE y CITES
- Comercio de Efectos Personales y enseres domésticos
- Guía de Recuerdos turísticos de origen silvestre para viajeros o personas que vivan fuera de la UE.
- Comercio de Caviar (
EN FR DE) y requisitos legales ( EN FR DE) del etiquetado de los envases de caviar.
|
| Permisos,
certificados y notificaciones –
¿Qué documentos necesito y para qué
fin? |
Con el fin de cumplir las disposiciones de CITES, los Reglamentos de la UE sobre Comercio de Fauna y Flora Silvestre regulan en estos momentos el comercio de más de 30.000 especies de animales y plantas silvestres así como partes de ellos y productos derivados. Estas medidas reglamentarias (Reglamento del Consejo (CE) nº 338/97 y Reglamento de la Comisión (CE) nº 865/2006 modificado por el Reglamento de la Comisión (CE) nº 100/2008) funcionan a través de un sistema de permisos, certificados, y notificaciones que deben ser obtenidos antes de que tenga lugar el comercio y deben ser presentados en el momento del cruce de las fronteras de la UE. Este documento (fichero PDF) ofrece una panorámica general de los formularios exigidos para comerciar legalmente, con especimenes de especies que están recogidas en los cuatro anexos del reglamento, y describe los procedimientos que deberán seguirse y las condiciones que deberán cumplirse antes de que los documentos sean expedidos. El fichero PDF tiene dos partes principales: la primera de ellas se ocupa del comercio exterior en la UE, esto es, importación desde un país tercero en la UE y exportación y re-exportación desde la UE a un tercer país; la segunda parte trata del comercio interno en la UE, ya se trate de comercio entre Estados Miembros o de comercio en el interior de cada uno de ellos.
EN FR DE
|
| Bienestar,
materias de salud y sanidad y especies invasoras
– Antecedentes e información |

Los animales y plantas vivos, especialmente los especimenes exóticos, tienen necesidades biológicas especificas (alimentación, temperatura, humedad, etc.) y, por lo tanto, es preciso que los comerciantes y los cuidadores conozcan estas necesidades y procuren el mejor cuidado posible al espécimen bajo su posesión, para evitar el sufrimiento y la muerte del espécimen. Los comerciantes de animales y plantas vivos, especialmente los minoristas, tienen un cierto grado de responsabilidad legal y deben asegurarse de que sus clientes estén bien informados acerca de las particularidades biológicas y los cuidados requeridos por las especies que compran. Tanto sus obligaciones legales como los aspectos más importantes relacionados con el bienestar de los animales vivos (tales como mantenimiento y cuidado, transporte y exhibición así como ejemplos de prácticas correctas) están contempladas en el documento (fichero PDF). Esta sección también proporciona enlaces a fuentes de información sobre mantenimiento y cuidado de las especies más solicitadas y de los sujetas a potenciales riesgos existences, como la huída de especies exóticas y las posibles amenazas ecológicas para los hábitats naturales, para las especies autóctonas europeas (por ejemplo, competencia) y para la salud y seguridad humanas.
EN FR DE
|
| Cria
en cautividad y reproducción artificial
– Definiciones y normas generales
|
Muchas mascotas exóticas y plantas ornamentales, tales como orquídeas y cactus, comercializadas en la UE no han sido extraídas de la propia naturaleza sino que de hecho, han sido criadas en cautividad o reproducidas artificialmente. De acuerdo con las disposiciones de CITES y de los Reglamentos de la CE, la cría de mascotas exóticas en cautividad, o la reproducción de plantas en viveros no origina la misma presión sobre las poblaciones silvestres como su captura y recolección en la naturaleza y permiten que los consumidores disfruten de la tenencia de mascotas o plantas exóticas. Por estas razones, el comercio de animales nacidos y criados en cautividad y de plantas reproducidas artificialmente se beneficia de disposiciones especiales que incluyen exenciones de las normas cuando se reúnen todas las condiciones establecidas en los Reglamentos de la CE sobre Comercio de la Fauna y Flora silvestres. Las referencias a los artículos fundamentales (disposiciones especiales y condiciones necesarias que deben ser cumplidas) quedan reseñadas y explicadas en el fichero PDF.
EN FR DE
|
| Marcado
y etiquetado – Especímenes
vivos de especies animales, pieles de cocodrilo y caviar |
Para prevenir el fraude y restringir el comercio ilegal de las especies incluidas en los Anexos de los Reglamentos de la CE, determinados especimenes vivos, y algunos productos de la vida silvestre, tienen que ser marcados o etiquetados de forma única. Esto hace referencia, por ejemplo, a los especimenes vivos de algunas especies, a las pieles de cocodrilo y a las latas de caviar. El marcado y etiquetado (fichero PDF) ofrece una visión general de las exigencias que debe cumplir este marcado y etiquetado y describe algunas de las técnicas comúnmente usadas, tales como precintos en las pieles de los cocodrilos, etiquetas de los envases de caviar, el marcado de tortugas y la identificación por fotografía.
EN FR DE
|
| Efectos
personales y enseres domésticos –
Comercio sin fines lucrativos de especímenes muertos y trofeos
de caza |
Si usted no es un comerciante de flora y fauna silvestre, sino un viajero común o un turista volviendo a casa con sus enseres y efectos personales, debe conocer que los Reglamentos de la CE sobre comercio de la Fauna y Flora también le pueden ser aplicados. Los Reglamentos de la CE sobre comercio de la Fauna y Flora Silvestre son de aplicación a los intercambios, no estrictamente comerciales, realizados por particulares que transportan especimenes silvestres, amparados por los citados Reglamentos de la UE, a través de las fronteras exteriores de la UE y terceros países, tanto sí son enseres domésticos como sí forman parte de sus pertenencias personales. Esto incluye también los trofeos de caza así como los recuerdos turísticos manufacturados a partir de materiales procedentes de la fauna y flora silvestre y comprados durante sus vacaciones. “Efectos personales y enseres domésticos” (fichero PDF) le explica sus obligaciones en relación a los efectos personales que usted desee llevar consigo.
EN FR DE
|
| Guía
de recuerdos turísticos de fauna y flora Silvestre – Consejos
de viaje para turistas |
Recuerdos turísticos de la fauna y flora silvestre tales como animales disecados y palos de lluvia (hechos de cactus), conchas, corales, pieles de reptil y otras curiosidades, manufacturadas con materiales procedentes de la fauna y flora silvestres, se incluyen entre los objetos que con más frecuencia son decomisados por el personal de Aduanas de la UE. Traer a casa, después de unas vacaciones, recuerdos procedentes de la fauna y flora silvestre puede ser un bonito "souvenir" pero, ¡cuidado¡, porque el comercio de muchas de estats especies de animales y plantas, así como sus partes y los productos extraídos a partir de ellos, están bajo el control de CITES y los Reglamentos sobre comercio de la Fauna y Flora Silveste de la CE. La introducción en la UE de tales regalos y recuerdos podría requerir la obtención de un permiso, o bien, podría estar prohibido. La “Guía de Recuerdos de la fauna y flora silvestre” (documento PDF) ofrece información sobre el tipo de recuerdos que exigen la previa obtención de un permiso y cuales deberá no comprar al estar prohibido su comercio internacional.
Pulse aquí para descargar la Guía de Recuerdos Turisticos de Fauna y Flora Silvestre.
EN FR DE
|
|